Bloque 5 - La última dictadura militar

3. El día del golpe

El 24 de marzo de 1976 desde la madrugada, fuerzas militares ocuparon edificios de gobierno y el Congreso nacional, las gobernaciones y legislaturas provinciales, tomaron el control de radios y estudios de televisión, así como plantas industriales, sedes de sindicatos y organizaciones políticas. A lo largo del día, los medios de comunicación difundieron una serie de “comunicados” de la Junta de Comandantes que daban cuenta de esta toma del poder y exponían los argumentos con que los militares justificaban el golpe.

Luego del golpe la Junta Militar tomó las siguientes medidas:

  • Instaló el Estado de sitio.
  • Consideró objetivos militares a todos los lugares de trabajo y producción.
  • Removió los poderes ejecutivos y legislativos, nacionales y provinciales.
  • Cesó en sus funciones a todas las autoridades federales y provinciales como así también a las municipales y las Cortes de Justicia nacionales y provinciales.
  • Declaró en comisión a todos los jueces; suspendió la actividad de los partidos políticos; intervino los sindicatos y las confederaciones obreras y empresarias.
  • Prohibió el derecho de huelga; anuló las convenciones colectivas de trabajo.
  • Instaló la pena de muerte para delitos de orden público e impuso una férrea censura de prensa.

Las y los invitamos a ver el siguiente video que muestra una crónica con material documental del día del golpe de Estado.

En la calle, la historia: 24 de marzo. Canal Encuentro

Les proponemos ahora leer alguno de los comunicados emitidos por la Junta Militar y analizar algunas tapas de diarios de ese día:

«Se comunica a la población que, a partir de la fecha, el país se encuentra bajo el control operacional de la Junta de Comandantes Generales de las FF.AA. Se recomienda a todos los habitantes el estricto acatamiento a las disposiciones y directivas que emanen de autoridad militar, de seguridad o policial, así como extremar el cuidado en evitar acciones y actitudes individuales o de grupo que puedan exigir la intervención drástica del personal en operaciones». (Comunicado Nº 1 de la Junta Militar, 24 de marzo de 1976) 

«Se comunica a la población que la Junta de Comandantes Generales ha resuelto que sea reprimido con la pena de reclusión por tiempo indeterminado el que por cualquier medio difundiere, divulgare o propagare comunicados o imágenes provenientes o atribuidas a asociaciones ilícitas o personas o grupos notoriamente dedicados a actividades subversivas o al terrorismo. Será reprimido con reclusión de hasta diez años, el que por cualquier medio difundiere, divulgare o propagare noticias, comunicados o imágenes, con el propósito de perturbar, perjudicar o desprestigiar las actividades de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o Policiales». (Comunicado Nº 19 de la Junta Militar, 24 de marzo de 1976).

«Se recomienda a la población abstenerse de transitar por la vía pública durante las horas de la noche, a los efectos de mantener los niveles de seguridad general necesarios, cooperando de este modo con el cumplimiento de las tareas que las fuerzas en operaciones intensificarán a partir de dicha oportunidad». (Comunicado Nº 24 de la Junta Militar, 24 de marzo de 1976) 

Fuentes: Pensar la dictadura: terrorismo de Estado en la Argentina. Preguntas, respuestas y propuestas para su enseñanza. Ministerio de Educación de la Nación. 2014

¿Cómo es el tratamiento de la noticia sobre el golpe de Estado? ¿Qué palabras usan para nombrar lo acontecido? ¿Se habla de golpe de Estado?