Bloque 3. Derechos Humanos

2. Concepto de Derechos Humanos

La Organización de Naciones Unidas (ONU) definió a los DDHH, y elaboró la Declaración Universal de los DDHH, que fue aprobada el 10 de diciembre de 1948 en la Asamblea General realizada en París. En la Argentina, esta Declaración tiene jerarquía constitucional desde la reforma de 1994. Por eso el 10 de diciembre es el día Internacional de los DDHH. En nuestro país se eligió esa fecha para que asuman los presidentes democráticamente elegidos en conmemoración de la recuperación democrática de 1983.

Los Derechos Humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición. 


Es importante reflexionar acerca de lo que entendemos por Derechos Humanos, ya que la expresión puede resultar equívoca. Por un lado, tiene un significado amplio ("En la Argentina en la década del 70 se violaban los DDHH") y otro más restringido vinculado a un caso concreto ("La policía torturó a una persona y violó los DDHH"). Su uso cotidiano y en el ámbito de la política-partidaria, cuando los políticos se acusan entre sí de "no proteger los DDHH" o de "violar los DDHH" por ejemplo, es demasiado vago y tendencioso. Puede incluso que lleguemos a la conclusión de que todos los derechos son humanos. Sin embargo, decir que todo derecho es humano es muy parecido a negar los DDHH, ya que si el derecho a la propiedad es un derecho humano, no hay mucha diferencia con el derecho a la vida o la dignidad.

En el año 1993 se realizó en Viena, Austria la Conferencia Mundial de Derechos Humanos convocada por la Asamblea general de las Naciones Unidas. El documento final de la Conferencia -la Declaración y el Programa de Acción de Viena-reafirmó los principios que se habían ido desarrollando durante los últimos 45 años. En dicho documento se establece que los DDHH son:

1-Inherentes a los seres humanos (Cada persona es titular de estos derechos, sin depender de ningún tipo de reconocimiento.)

2-Universales (Estos derechos no pueden invocarse diferencias culturales, sociales, políticas ni de ningún otra índole como excusa para su desconocimiento, violación o aplicación parcial)

3-Intransferibles, irrenunciables e inalienables (Estos derechos no pueden ser renunciados ni siquiera por decisión propia, y por lo tanto, son intransferibles. Además, son inalienables, lo que significa que no se pueden suprimir bajo ninguna circunstancia ni se pueden quitar a ninguna persona.)

4-Incondicionales y obligatorios (Estos derechos se disfrutan sin necesidad de cumplir ninguna condición previa, y tanto las personas como los Estados están obligados a respetarlos.)

5-Inviolables (Ninguna autoridad puede legítimamente atentar, lesionar o destruir los derechos humanos.)

6-Imprescriptibles, acumulativos y progresivos (No prescriben, no caducan y no se pueden perder.) e

7-Integrales, interdependientes, indivisibles y complementarios (La vigencia de unos es condición para la plena realización de los otros, de forma tal que la violación o desconocimiento de alguno de ellos implica poner en riesgo el ejercicio de otros derechos).