Bloque 2. República y Democracia

Sitio: Campus Claves Académica
Curso: Estado, gobierno y organización jurídica
Libro: Bloque 2. República y Democracia
Imprimido por: Invitado
Día: domingo, 15 de febrero de 2026, 19:43

1. Presentación

En este bloque vamos a hablar de dos conceptos muy conocidos pero que debemos precisar bien. Nos referimos a República y Democracia. Aunque parecen similares, no significan lo mismo ni tienen las mismas características. Se pueden dar por separado pero lo mejor es cuando tenemos Repúblicas democráticas ya que sus características se complementan y potencian.

2. República

República es un término que tiene diferentes acepciones. En el uso coloquial, remite a parte del nombre de los países. Veremos más adelante las características específicas de las repúblicas pero, una de ellas es la división de poderes. Esa división no se cumplía en la Argentina entre 1976 y 1983 y, sin embargo, durante la dictadura se hablaba de la República Argentina.

Si jugásemos al "tutifrutti", donde a partir de una letra hay que llenar diversos ítems, por ejemplo países, en la "R" algún desprevenido puede contestar República Dominicana, ya que al país caribeño -siempre lo mencionamos de esa manera-, siguió recibiendo el nombre de república incluso cuando fue gobernada por el Dictador Rafael Trujillo (entre 1930 y 1961).

Vamos a apartarnos del uso coloquial del término y a explorar el devenir histórico que ha tenido y las características esenciales que tienen las repúblicas. De más está decir que tampoco hay un criterio uniforme para las figuras o alegorías de la República, que siempre son imágenes femeninas, vestidas con toga Romana (reconociendo el origen del término) y en general lucen un gorro Frigio, tal vez emulando a la "Marianne" de la Revolución Francesa.

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Monumento a la República en la Plaza del Congreso. Ciudad de Buenos Aires.

2.1. Concepto

A fines del siglo XVIII, en 1792 en Francia, volvemos a encontrar el término cuando se funda la Primera República en contraposición de la monarquía absolutista de Luis XVI, pero duraría tan solo 12 años hasta que Napoleón se coronara como Emperador.

La república surge como respuesta a la monarquía absoluta. No te confundas con las monarquías constitucionales que existen en la actualidad en países como España, Dinamarca, Suecia o Países Bajos. Ninguno de estos países es una república, aunque pueden tener algunas de las virtudes republicanas (el monarca no gobierna y a lo sumo tiene responsabilidades diplomáticas).

En el siglo XX tuvo lugar la Guerra Civil Española. Los bandos en pugna eran "los republicanos", que gobernaron entre el 14 de abril de 1931 y 1939 con su bandera tricolor y el Himno de Riego, y "los monárquicos", que vencieron en la contienda bélica, instaurando la  feroz dictadura franquista durante casi 40 años. En realidad, este fue el segundo intento de España de convertirse en república, ya que durante menos de dos años, entre febrero de 1873 y noviembre de 1874 vivió la experiencia de la Primera República.  

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Italia se convierte en república luego de la Segunda Guerra Mundial, cuando el plebiscito de 1946 resulta favorable y obliga a Humberto II a abdicar. Si bien es justo reconocer que las ciudades-Estado de Venecia, Génova y Pisa se habían constituido como repúblicas antes de la unificación italiana de 1861.

La Argentina adoptó la forma republicana, muy brevemente, durante la Constitución Unitaria de 1826, abandonada durante el rosismo. Estableció  definitivamente la república con la Constitución sancionada en 1853, en cuyo artículo 1o dice: La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa, republicana y federal, según la establece la presente Constitución.

2.2. Características

Hay cinco características imprescindibles para hablar de una república:

  • Igualdad ante la ley.
  • Periodicidad en los cargos de gobierno.
  • Alternancia en los cargos.
  • Publicidad y responsabilidad en los actos de gobierno.
  • División de poderes.

3. El peligro del poder concentrado

Como ya vimos, una de las características del concepto de república es la división de poderes. En 1748, es decir 41 años antes de la Revolución francesa, Charles Lois de Secondant, Barón de Montesquieu, escribió El espíritu de las leyes, un libro que explicaba cómo debía limitarse el poder del monarca absolutista.

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Charles Lois de Secondant, Barón de Montesquieu, Francia 1689 - 1755

Montesquieu opinaba que toda persona que tuviese poder iba a sentir la necesidad de abusar de él y, por lo tanto, era necesario que "el poder limitara al poder". A partir de esa idea, plantea una teoría en donde la actividad legislativa, la ejecutiva y la judicial no deben quedar en las mismas manos y que, a las vez, estos poderes deben controlarse entre sí, a través de un sistema de pesos y contrapesos. En el pensamiento de Montesquieu ninguno de los poderes debe responder a otro sino tener su propia autonomía. En su texto original, dotaba de mayor importancia al Poder Judicial. 

Si bien la Revolución francesa tomó el texto y aplicó las ideas de Montesquieu, el Poder Judicial fue el más débil de los tres. La explicación es muy sencilla: los integrantes del Poder Judicial son abogados, en la Francia de fines del siglo XVIII quienes habían podido estudiar eran los nobles, no resultaba muy coherente hacer una revolución, derrocar al rey para luego darle el poder a la nobleza.

4. División de poderes

Respecto de este requisito republicano vamos a ver cómo la Constitución de la República Argentina establece el sistema de frenos y contrapesos entre los tres poderes, es decir cómo se controlan entre sí.

4.1. La división de poderes en la Argentina

5. Democracia

El vocablo democracia proviene del griego dēmokratía, donde demos significa pueblo y kratos, gobierno, es decir, gobierno del pueblo.

La democracia griega es del siglo V a.C. y es conocida como el Siglo de Pericles, quien fue un político, abogado y militar ateniense, autor de Discurso Fúnebre. Este texto considerado como una oda a la democracia participativa.

Qué es Gobierno de Pericles? » Su Definición y Significado [2022]

Busto de Pericles en el Museo Pío Clementino de Roma. Réplica del original griego

En realidad, aquello que los atenienses llamaban democracia hoy sería considerado como oligarquía ya que las decisiones las tomaban un pequeño grupo de varones, libres, que no fueren comerciantes ni artesanos. Se trataba, además, de una democracia directa, concepto que vamos a desarrollar en unos capítulos.

Hombres participando en democracia ateniense | Historical illustration,  Ancient greece, Ancient greece history

Imagen sin referencia autenticada

El término "democracia" ha gozado siempre de prestigio. En líneas generales, cuando se quiere atacar a algún sistema o a una decisión que se cuestiona se los suele catalogar de "no democrático" o "poco democrático". Por el contrario, para alabar una decisión se señala su "carácter democrático".

Veamos dos ejemplos del uso de este término. Luego de la Segunda Guerra Mundial, Alemania quedó dividida en dos países, uno capitalista con libertades individuales y elecciones libres llamado República Federal de Alemania y otro, con una economía centralizada, con elecciones en las que se presentaba una sola lista y sin libertades individuales, denominado República Democrática Alemana cuyas autoridades eran integrantes del Partido Comunista Alemán.

'Héroes' en el muro de Berlín con David Bowie

Muro de Berlín. Fotografía de Henri Cartier Bresson1962

Por otra parte, la República Popular China es otro lugar del mundo en el que se comete la mayor cantidad de violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, su líder Xi Jinping afirmó al inaugurar el XIX Congreso Nacional del Partido Comunista de China (2017) que: "La democracia socialista de China es la democracia más amplia, auténtica y eficaz para la salvaguardia de los intereses fundamentales del pueblo...".

5.1. Reglas de juego de un sistema democrático

Como venimos analizando, muchos gobiernos se han llamado "demócratas" o "democracias" y en sus territorios no han habido elecciones libres aunque así se llamasen ya que no podían comprobarse las libertades para el votante.

Pueden autodenominarse "democráticos", los gobiernos que cumplen con los siguientes requisitos:

1. El proceso electoral

Tiene que haber elecciones libres, a las que se pueden presentar todos los candidatos y las candidatas, sin proscripciones políticas. Además de la libre presentación, las campañas deben ser limpias y con igualdad de acceso a los medios de comunicación masiva, para que las candidatas y los candidatos tengan las mismas posibilidades de dar a conocer sus propuestas al electorado. Debe regir la más amplia libertad de expresión posible.

El proceso electoral debe ser transparente, no deben existir maniobras de tipo fraudulentas que perjudiquen a algunos candidatas/os o beneficien a otra/o. Todo sistema electoral debe respetar el resultado, es decir, la voluntad ciudadana y acatar la regla de la mayoría. 

El sistema electoral argentino debe garantizar el carácter de universal, secreto e igual del voto.


El decreto reglamentario es consecuencia de la ley 25.858 que en 2003 derogó un artículo del Código Nacional Electoral que prohibía el voto de los detenidos con prisión preventiva.

2. El modelo de gestión

El haber llegado al poder de manera democrática no alcanza para que nuestras acciones lo sean. Es necesario que durante la gestión se respeten las opiniones diversas, las libertades públicas,  el respeto a las instituciones y los límites que establecen la Constitución y las leyes, que suelen incluir la división de poderes. Publicidad de los actos de gobierno y responsabilidad por las acciones.

5.2. Tipos de democracia

No todas las democracias son iguales, hoy distinguimos entre:

  1. Democracia directa
  2. Democracia representativa
  3. Democracia participativa

6. No te lo pierdas

En esta sección vamos a presentarte a mujeres y hombres cuyos pensamientos han sido geniales,  vigorosos y siempre en búsqueda de la justicia. A pesar del tiempo que ha transcurrido desde su muerte, siguen teniendo una vigencia arrolladora.

En esta ocasión compartimos el pensamiento de dos grandes luchadoras por los derechos civiles y políticos de las mujeres entre muchas otras cuestiones: Alicia Moreau y Julieta Lanteri.

Alicia Moreau

“Recuerden... Que los verdaderos derechos se deben conquistar, que es necesario vencer a los conservadores, rutinarios retrógrados, los temerosos de lo nuevo, los amantes del pasado, que es necesario vencer el temor de los políticos que ven con recelo esa incógnita que encierra el voto femenino, y tal vez sea éste el mayor obstáculo.”

Alicia Moreau de Justo, médica egresada de la UBA y política argentina, fue una figura destacada del feminismo y del socialismo. En el año 1932, elaboró un proyecto de ley que establecía el sufragio femenino

Ícono video No dejes de ver este video creado por Sello Argentino, que reseña su vida. Vas a conocer detalles interesantísimos de su biografía y su lucha.

Julieta Lanteri

Julieta Lanteri había nacido en Italia en el siglo XIX y desde muy joven vivió en la Argentina. Estudió en el Colegio Nacional de La Plata para luego continuar y culminar la carrera de Medicina

En 1911 (antes de la Ley Sáenz Peña) la Municipalidad de Buenos Aires llamó a elecciones de concejales y la convocatoria estaba dirigida a  "los ciudadanos mayores, residentes en la ciudad, que tuvieran un comercio o industria o ejercieran una profesión liberal y pagasen impuestos".

Julieta advirtió que ella cumplía con los requisitos solicitados ya que no se hablaba de sexo y realizó una presentación ante la justicia solicitando que se le autorice a sufragar. El fallo del juez resultó favorable. 

"Como juez tengo el deber de declarar que su derecho a la ciudadanía está consagrado por la Constitución y, en consecuencia, que la mujer goza en principio de los mismos derechos políticos que las leyes, que reglamentan su ejercicio, acuerdan a los ciudadanos varones, con las únicas restricciones que, expresamente, determinen dichas leyes, porque ningún habitante está privado de lo que ellas no prohíben".

Julieta Lanteri votando en 1911. Fue la primera mujer que votó en Sudamérica

En 1912 la Ley Saénz Peña que garantizó el voto de miles de varones, excluyó a Julieta porque ahora las "leyes" si establecían la restricción del sexo (no se utilizaba el término "género") ya que el padrón de votantes era el registro militar. La Dra. Lanteri solicitó su inclusión en el padrón militar pero sin éxito. No obstante en 1919 fue candidata a Diputada ya que las leyes no excluían a las mujeres y los requisitos exigidos eran cumplidos por nuestra querida luchadora. No obtuvo muchos votos e incluso llegó a ser candidata por el Partido Socialista que era el lugar donde las mujeres sufragistas podían militar.

Julieta Lanteri fue asesinada en la dictadura de Uriburu. En 1932 mientras cruzaba la calle fue atropellada por un auto que se dio a la fuga y que en los registros policiales aparecía con los datos, posteriormente tachados, del conductor, un militante de la Liga Patriótica Argentina grupo civil antisemita, fascista, nacionalista y católico fundado por  Manuel Carlés.

Hoy tenemos una calle en Puerto Madero llamada de Julieta Lanteri y la estación de subte de la línea "H" en la Facultad de Derecho de la UBA lleva su nombre, tal vez para recordarles todos los días a miles de estudiantes de derecho, que la Constitución reconocía la igualdad entre varones y mujeres que luego nos empeñamos en desconocer, en materia electoral hasta 1947 con la sanción de la Ley 13.010 del voto femenino, 1991 con la ley 24.012 de cupo femenino y, finalmente 2017, a partir de la ley 27.412 que establece la paridad de género para las representaciones políticas. 

Estación J. Lanteri de subte de la línea "H" en la Facultad de Derecho de la UBA

7. Hasta ahora, deberías saber

  1. El concepto de República.
  2. Explicar los 5 requisitos básicos para hablar de una República.
  3. Desarrollar la división de poderes y el modo en que cada poder controla a los otros dos.
  4. Entender cómo funciona la división de poderes en la Argentina.
  5. Mencionar las tres jefaturas del Poder Ejecutivo Nacional.
  6. Cómo funciona el control de constitucionalidad por parte del Poder Judicial.
  7. Concepto de democracia.
  8. Mirar las características de una democracia que te permitan entender si tiene una buena calidad institucional o no.
  9. Definir y señalar las ventajas y desventajas de la democracia directa.
  10. Definir y señalar las ventajas y desventajas de la democracia representativa.
  11. Definir y señalar las ventajas y desventajas de la democracia participativa.

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