Bloque 2. República y Democracia

3. El peligro del poder concentrado

Como ya vimos, una de las características del concepto de república es la división de poderes. En 1748, es decir 41 años antes de la Revolución francesa, Charles Lois de Secondant, Barón de Montesquieu, escribió El espíritu de las leyes, un libro que explicaba cómo debía limitarse el poder del monarca absolutista.

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Charles Lois de Secondant, Barón de Montesquieu, Francia 1689 - 1755

Montesquieu opinaba que toda persona que tuviese poder iba a sentir la necesidad de abusar de él y, por lo tanto, era necesario que "el poder limitara al poder". A partir de esa idea, plantea una teoría en donde la actividad legislativa, la ejecutiva y la judicial no deben quedar en las mismas manos y que, a las vez, estos poderes deben controlarse entre sí, a través de un sistema de pesos y contrapesos. En el pensamiento de Montesquieu ninguno de los poderes debe responder a otro sino tener su propia autonomía. En su texto original, dotaba de mayor importancia al Poder Judicial. 

Si bien la Revolución francesa tomó el texto y aplicó las ideas de Montesquieu, el Poder Judicial fue el más débil de los tres. La explicación es muy sencilla: los integrantes del Poder Judicial son abogados, en la Francia de fines del siglo XVIII quienes habían podido estudiar eran los nobles, no resultaba muy coherente hacer una revolución, derrocar al rey para luego darle el poder a la nobleza.